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RESOLUCION de 29 de mayo de 2002, de la Dirección General de Urbanismo, por la que se da publicidad al acuerdo relativo al recurso de alzada interpuesto por doña Julia Bailo Falcés y don José Luis Bailo Sacacia contra el acuerdo adoptado por el Consejo de Ordenación del Territorio el día 13 de junio de 2001, por el que se aprobó definitivamente, con determinadas prescripciones, suspensiones y recomendaciones, la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza.

Publicado el 17/06/2002 (Nº 70)
Sección: BOA V. Anuncios - Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS, URBANISMO Y TRANSPORTES

Texto completo:

RESOLUCION de 29 de mayo de 2002, de la Dirección General de Urbanismo, por la que se da publicidad al acuerdo relativo al recurso de alzada interpuesto por doña Julia Bailo Falcés y don José Luis Bailo Sacacia contra el acuerdo adoptado por el Consejo de Ordenación del Territorio el día 13 de junio de 2001, por el que se aprobó definitivamente, con determinadas prescripciones, suspensiones y recomendaciones, la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza.

El Gobierno de Aragón ha adoptado, con fecha 14 de mayo de 2002, el siguiente acuerdo:

«1º. Acumular los recursos de alzada mencionados en el encabezamiento y a los que corresponde la numeración 186/2001 y 272/2001.

2º. Estimar los recursos de alzada interpuestos por doña Julia Bailo Falces y don José Luis Bailo Sacacia contra el Acuerdo adoptado por el Consejo de Ordenación del Territorio el día 13 de junio de 2001, por el que se aprobó definitivamente, con determinadas prescripciones, suspensiones y recomendaciones, la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza, en el sentido de considerar las parcelas de su propiedad, sitas en el nº 3 de la C/ del Paso, del Barrio de Villamayor, como suelo urbano consolidado, asignándoles la calificación de A1/4.2.

3º. Instar al Ayuntamiento de Zaragoza para que, en el Texto Refundido de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza, proceda a corregir el error de hecho apreciado, haciendo constar como suelo urbano consolidado (y asignando también zonificación A1/4.2) los terrenos colindantes a las parcelas de los recurrentes y los situados al otro lado de la misma Calle del Paso que tenían ya la condición de suelo urbano en el Plan General de 1986 (y en el que les correspondía la zonificación e A1/6)».

Contra el precedente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a computar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón», sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro que se estime procedente.

Zaragoza, 29 de mayo de 2002.-El Director General de Urbanismo, Carlos Guía Marqués.